Alcalde Dr. Gilberto Serulle, Resuelve Conflicto Junta De Vecinos Villa Olga

martes, 2 de noviembre de 2010 19:12 By JJ ENTERPRISE


DR. GILBERTO SERULLE DESIGNA COMISION ADMINISTRADORA ESPACIO PÚBLICO O AREA VERDE DE LA URBANIZACION

La Alcaldía local resolvió un conflicto que por varios años mantuvieron los directivos de la junta de vecinos de la urbanización Villa Olga, designando una comisión administradora del área verde, el play de beisbol y las oficinas de uso común del residencial.

Al efecto, el Alcalde doctor Gilberto Serulle juramentó en su despacho a los señores doctor Robinson Abreu Blondet, Luis Núñez, Luis de Jesús Suazo y al reconocido comunicador social Leonardo Aguilera, como administradores del área verde de referencia, el play y las oficinas ubicados en la manzana formada por las calles Benito Juárez, calle 10, Santa Cruz de Tenerife y la calle 7 de Villa Olga.

En una resolución de la Alcaldía se establece que esas personas son las responsables de dirigir el espacio público de Villa Olga y tendrán como colaboradores, en representación del cabildo local, a los señores Francisco Javier Borbón, de Deportes, licenciado Luis Nicolás Álvarez, del departamento jurídico y Francisco Regino Collado.

Tras la juramentación de la comisión, el Alcalde señaló que espera que de ahora en adelante, retorne la armonía y las buenas relaciones entre todos los moradores de Villa Olga.

“Esta Alcaldía dará todo el respaldo moral y económico que precise esta comisión en aras de que las cuestiones del diario vivir en Villa Olga se realicen atendiendo al bien comunitario”, expresó el doctor Gilberto Serulle.

La designación de la comisión la hizo el Alcalde tras ponderar los articulados y numerales de las leyes 176-07, la 675 y la 64-00 sobre asuntos municipales, de ornato, plazas y parques que establecen que los parques, plazas y áreas verdes son patrimonio municipal.

Los moradores de las urbanizaciones y sectores urbanos tienen derecho al disfrute de las áreas verdes, parques, plazas y plazoletas, sin más limitaciones que las derivadas del orden público, las buenas costumbres y la ley aplicable, no menos cierto es que su uso no podrá ser objeto de uso privado en actos organizados que por su finalidad, presupongan su uso con fines particulares en detrimento de su propia naturaleza y destino.

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